Se acaba de publicar la normativa que modifica algunos de los beneficios fiscales más importantes en herencias y donaciones en la Comunitat Valenciana.
Estas reducciones pueden ser aplicadas a herencias y donaciones causadas desde el pasado 28/05/2023.
En las herencias:
- Pasan las BONIFICACIONES al 99% para los grupos de parentesco (I y II) y para los minusválidos al 65% físicos y 35% psíquicos.
En las donaciones:
- En las reducciones de los 100.000 euros:
1) a favor de hijos, padres, abuelos también se equipara el conyugue a todos los efectos para las reducciones.
2) Se elimina la obligación de que tengan un patrimonio preexistente inferior a 600.000 euros.
3) Se elimina el hecho que el hijo o el padre esté fallecido para aplicar la reducción a los abuelos o los nietos.
4) Desaparece la limitación en la reducción en el caso de donaciones efectuadas en los 10 años anteriores (ni de los mismos bienes o equivalentes, ni de los mismos donantes o donatarios). - Bonificación del 99% en la cuota final, siempre que la donación sea efectuada por el cónyuge, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante. Igual bonificación resultará aplicable a los nietos y a los abuelos.
Si crees que podrías beneficiarte de estas reducciones, contacta con nosotros y te asesoraremos.