El 09 de marzo se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para personas jóvenes, en la modalidad de adquisición de vivienda habitual y permanente en régimen de propiedad localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño de la Comunitat Valenciana.

El periodo de solicitud telemática es del 10 de marzo de 2023 al 31 de julio de 2023.

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del espacio económico europeo.
  • Tener menos de treinta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda o en el momento de suscripción del contrato público o privado de adquisición de vivienda.
  • Haber suscrito a partir del 1 de enero de 2022 y hasta la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, un contrato público o privado de adquisición de vivienda.
  • Disponer de unas rentas anuales iguales o inferiores a 3 veces el IPREM. Dicho umbral será de 4 veces el IPREM si se trata de personas con discapacidad.
  • Que la vivienda adquirida o a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su adquisición.
  • Que el precio de adquisición de la vivienda, sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sea igual o inferior a 120.000 euros.
  • No podrá concederse la ayuda cuando la persona solicitante sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España.

Si quieres comprobar los municipios pequeños o con riesgo de despoblación https://visor.gva.es/visor/?extension=271306,4144417,1167882,4592037&nivelZoom=8&capasids=Imagen;,Ayudas_Vivienda_Joven;1&tcapas=1.0,1.0

 

 

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